SEGURIDAD PRIVADA
Seguridad Privada
La Ley exige para la obtención de la habilitación necesaria para prestar servicios de seguridad privada tener unas aptitudes físicas y psíquicas determinadas.
Para ello es requisito indispensable pasar un reconocimiento médico y psicológico a fin de asegurar el buen estado físico y mental de quién pretende obtener o prorrogar dicha habilitación y garantizar la seguridad de quienes le rodean descartando situaciones de riesgo.
En PSICOTÉCNICO RONDILLA tenemos todos los medios necesarios para realizar dicho reconocimiento tras el cual se emitirá un informe de aptitud psicofísica que permitirá la obtención y/o renovación de su licencia (TIP).
PREGUNTAS FRECUENTES:
Documentación necesaria obtención /renovación
- DNI o Pasaporte en vigor
- Fotografía reciente
1. ¿Qué dice la ley?
Todo ello según establece Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y Real Decreto 2487/1998 de 20 de noviembre y a la Orden de 14 de enero de 1999 por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
2. ¿Qué tipos de licencia hay?
- TIP de Vigilante de Seguridad y especialidades, Jefe de Seguridad y Director de Seguridad.
- Canje de la habilitación antiguos Vigilantes Jurados
3. ¿Quién debe obtener/renovar la licencia?
Guardas particulares del campo
Personal de seguridad privada
Vigilantes de explosivos
Escoltas privados
Guardas rurales- guardas de caza- guardapescas marítimos
Jefes de seguridad
Directores de seguridad
Detectives privados
4. ¿Dónde presentar el informe psicotécnico?
5. ¿Cuándo renovar?
LLÁMANOS AL 983 262 842
Ven a visitarnos a la Rondilla: C/ Cardenal Cisneros Nº3, Valladolid. (aparcamiento sin zona azul)
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